¿Qué novedades trae la Renta 2015?
La declaración de la renta que se presenta en 2016 (referida al ejercicio 2015) es la primera bajo el efecto de la reforma fiscal. Las nuevas deducciones a las familias son la principal novedad: 1.200 euros (o 100 al mes) para familias numerosas, familias con ascendientes o descendientes discapacitados o familias monoparentales con dos hijos. Además, desaparece la deducción por alquiler y cambia la fiscalidad del ahorro, de los dividendos y de las ganancias y pérdidas patrimoniales. Todas las novedades de la nueva campaña están recogidas en el Especial de la Renta de Cinco Días donde se recogen todas las claves de la nueva campaña.
Herramientas para hacer la declaración por internet
Hacienda estrena también herramientas para cumplir con el fisco vía web. Ha puesto en marcha el nuevo sistema Renta WEB para hacer la declaración o confirmar el borrador vía internet. Además, cuenta con los sistemas PIN 24h y sistema RENO, los mecanismos más utilizados para identificar al contribuyente.
Renta Web... ¿en qué consiste?
Renta WEB es el nuevo servicio para completar y presentar la declaración de la Renta que ha desarrollado la Agencia Tributaria. El nuevo sistema Renta WEB unifica el borrador y el programa PADRE en una única plataforma por Internet. La presentación por vía telemática con el programa PADRE también se realiza a partir del portal Renta Web.
Cómo confirmar el borrador en tres pasos
Ya se podrá confirmar el borrador de la renta, desde la plataforma Renta WEB. Para poder acceder, será necesario contar con certificado electrónico, cl@ve PIN o bien el número de referencia 409.
¿Cómo lograr el número de referencia?
La Agencia Tributaria ofrece en la web un servicio que, mediante un mensaje SMS facilitado por el contribuyente, le indica su número de referencia de Renta. Para obtenerlo, se necsita el NIF, la casilla 490 de la renta anterior y un número de teléfono móvil.
Para hacerla presencial ¿cómo y cuando pedir cita previa?
Los contribuyentes que ganen menos de 65.000 euros podrán solicitar cita previa para ser atendidos en una oficina de la agencia tributaria. Podrán modificar el borrador o realizar la declaración. Se puede solicitar en internet o en el teléfono de petición de cita previa para Renta, 901 22 33 44.
¿Me conviene hacer la declaración?
En principio, deben que cumplir con Hacienda todas las personas físicas residentes en España, pero hay excepciones. El contribuyente que haya generado ingresos y retenciones a cuenta puede elegir si le conviene o no hacer la declaración.
Aquellas personas que cobren menos de 22.000 euros de un único pagador (no cuenta si los pagadores secundarios no suman más de 1.500 euros) no están obligados. Si el contribuyente tiene varios pagadores el mínimo para presentar declaración baja a 12.000 euros (eran 11.200 antes de la reforma fiscal). No obstante, aunque no esté obligado, el contribuyente sí debe presentar declaración si quiere recibir devolución de las retenciones o ingresos a cuenta aplicados.
¿Qué pasa si me equivoco?
Si se cometen errores u omisiones en la declaración de la renta, la responsabilidad última es del contribuyente. Cambios en la vida familiar, subvenciones, referencias catastrales o aspectos relativos a la deducción por vivienda son algunos de los fallos más habituales y que conviene revisar antes de confirmar el borrador.
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